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Una nueva ley aprobada por el Congreso y sancionada por el presidente Gustavo Petro ha generado polémica en el país. La Ley 2486 de 2025, compuesta por 18 artículos, establece que ciertos vehículos eléctricos quedarán exentos de portar el SOAT, la matrícula y la licencia de conducción.
¿Qué vehículos aplican a esta exención?
De acuerdo con la normativa, los vehículos eléctricos con una potencia igual o inferior a 1.000 vatios podrán circular sin estos documentos, siempre y cuando lo hagan exclusivamente por ciclorrutas.
- Los conductores deberán tener mínimo 16 años para manejarlos.
- Jóvenes entre 12 y 16 años también podrán usarlos, pero únicamente en la infraestructura para bicicletas.

En caso de circular fuera de las ciclorrutas, sí será obligatorio portar todos los documentos de tránsito vigentes.
Objetivo del Gobierno
El propósito central de la ley es fomentar la movilidad sostenible y el uso de vehículos eléctricos de baja potencia. Esto hace parte de la estrategia nacional para reducir emisiones contaminantes y posicionar a Colombia como líder en movilidad limpia en América Latina, junto a Chile.

Vigencia de la norma
La Ley 2486 de 2025 comenzó a regir desde el 17 de julio de este año, de acuerdo con lo establecido en sus artículos 14 y 17.
Voces oficiales
Claudia Díaz, secretaria de Movilidad de Bogotá, aseguró que este tipo de medidas apuntan a garantizar la seguridad vial y proteger el derecho a la vida, en medio del aumento del uso de este tipo de transportes en las ciudades.
Lo que cambia
- ✅ Exentos de matrícula, licencia y SOAT.
- ✅ Edad mínima de 16 años para conducir (12 a 16 solo en ciclorrutas).
- ✅ Solo aplica para vehículos eléctricos de hasta 1.000 vatios.

CDA AutoBig Manizales







